Toda informacion de intervenciones es propiedad del Centro y su destino es determinado por el Consejo. Solo personal autorizado puede retener informacion obtenida.
Toda información que se obtenga por medio de las actividades materia del presente Capítulo es parte de la información del Centro, por lo que su destino final será determinado por el Consejo. Las personas que participen en las diligencias de intervención de comunicaciones, excepto el personal instruido para ello por el Director General del Centro, se abstendrán de obtener o guardar original o copia de la información obtenida a través de tales medidas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta clausula crea una propiedad clara del Centro sobre datos de inteligencia. Personal que participa en intervenciones no puede retener copias o archivos personales, lo que protege operativamente la informacion pero genera riesgos de documentacion incompleta.
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Art. 46. Obligaciones de proveedores de servicios
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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