Se define contrainteligencia como medidas de proteccion de las instancias contra actos lesivos y acciones para disuadir o contrarrestar su comision. Establece concepto defensivo en materia de inteligencia.
Para los efectos de esta Ley se entiende por contrainteligencia a las medidas de protección de las instancias en contra de actos lesivos, así como las acciones orientadas a disuadir o contrarrestar su comisión.
CAPÍTULO II DE LAS INTERVENCIONES DE COMUNICACIONES
SECCIÓN I DE LA SOLICITUD
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Definicion importante para entender alcance de operaciones defensivas. Los abogados deben distinguir entre inteligencia ofensiva y contrainteligencia defensiva para evaluar legalidad de acciones especificas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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