LSN

Artículo 32. Definicion de Contrainteligencia

Se define contrainteligencia como medidas de proteccion de las instancias contra actos lesivos y acciones para disuadir o contrarrestar su comision. Establece concepto defensivo en materia de inteligencia.

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Texto Legal

Para los efectos de esta Ley se entiende por contrainteligencia a las medidas de protección de las instancias en contra de actos lesivos, así como las acciones orientadas a disuadir o contrarrestar su comisión.

CAPÍTULO II DE LAS INTERVENCIONES DE COMUNICACIONES

SECCIÓN I DE LA SOLICITUD

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Definicion importante para entender alcance de operaciones defensivas. Los abogados deben distinguir entre inteligencia ofensiva y contrainteligencia defensiva para evaluar legalidad de acciones especificas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del LSN?

Se define contrainteligencia como medidas de proteccion de las instancias contra actos lesivos y acciones para disuadir o contrarrestar su comision. Establece concepto defensivo en materia de inteligencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la LEY de Seguridad Nacional?

Definicion importante para entender alcance de operaciones defensivas. Los abogados deben distinguir entre inteligencia ofensiva y contrainteligencia defensiva para evaluar legalidad de acciones especificas.

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