LRCDN

Artículo 12. Causalidad con evento concurrente

Cuando un daño es causado parcialmente por accidente nuclear y parcialmente por otro evento sin poder determinarse la proporcion exacta, se presume que TODO el daño es del accidente nuclear.

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Texto Legal

Cuando un daño haya sido causado en todo o en parte por un accidente nuclear y otro u otros sucesos diversos, sin que pueda determinarse con certeza qué parte del daño corresponde a cada una de esas causas, se considera que todo el daño se debe exclusivamente al accidente nuclear.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta presuncion favorece la victima y es muy perjudicial para operadores: crea una regla de evidencia que presume lo peor. Documentacion contemporanea detallada es crucial para refutar esta presuncion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LRCDN?

Cuando un daño es causado parcialmente por accidente nuclear y parcialmente por otro evento sin poder determinarse la proporcion exacta, se presume que TODO el daño es del accidente nuclear.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares?

Esta presuncion favorece la victima y es muy perjudicial para operadores: crea una regla de evidencia que presume lo peor. Documentacion contemporanea detallada es crucial para refutar esta presuncion.

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