LRAM

Artículo 51. Computo Servicios Perseverancia Excepcional

El tiempo de servicios para otorgar la Condecoración de Perseverancia Excepcional se determina conforme a la Ley para Comprobación, Ajuste y Computo de Servicios de la Armada.

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 22 de noviembre de 2021. Verificado en 2026.

Texto Legal

El tiempo de servicios para otorgar la Condecoración de Perseverancia Excepcional se determinará de acuerdo a lo establecido en la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Remisión normativa a ley especifica. Critico para auditoria de expedientes y validación de elegibilidad. Abogados deben consultar ley complementaria para procedimientos de comprobación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del LRAM?

El tiempo de servicios para otorgar la Condecoración de Perseverancia Excepcional se determina conforme a la Ley para Comprobación, Ajuste y Computo de Servicios de la Armada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la LEY de Recompensas de la Armada de México?

Remisión normativa a ley especifica. Critico para auditoria de expedientes y validación de elegibilidad. Abogados deben consultar ley complementaria para procedimientos de comprobación.

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