LRAM

Artículo 52. Prima Complementaria Perseverancia Excepcional

Los merecedores de la Condecoración de Perseverancia Excepcional tienen derecho a una prima como complemento del haber según la clase otorgada.

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Texto Legal

Los merecedores a la Condecoración de Perseverancia Excepcional, tendrán derecho además al pago de una prima como complemento del haber, en razón de la clase de la Condecoración otorgada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Genera obligación de pago. Critico para nómina y presupuestación. Contadores deben establecer matriz de montos por clase y años de servicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LRAM?

Los merecedores de la Condecoración de Perseverancia Excepcional tienen derecho a una prima como complemento del haber según la clase otorgada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY de Recompensas de la Armada de México?

Genera obligación de pago. Critico para nómina y presupuestación. Contadores deben establecer matriz de montos por clase y años de servicio.

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