Autoriza a Secretaria determinar en titulos de concesion cuando deben admitirse todos prestadores que cumplan requisitos en terminales e instalaciones publicas. Usuarios seleccionan prestador conforme a sus intereses.
La Secretaría, con base en consideraciones técnicas, de eficiencia y seguridad, determinará en los títulos de concesión en qué casos, en las terminales e instalaciones públicas y áreas comunes, deba admitirse a todos aquellos prestadores de servicios que satisfagan los requisitos que se establezcan en los reglamentos y reglas de operación respectivos. En estos casos, los usuarios seleccionarán al prestador de servicios que convenga a sus intereses.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Genera esquema de competencia regulada. Concesionarios deben revisar si su titulo contiene clausulas de admision abierta; esto afecta significativamente ingresos y requiere planes de eficiencia operativa.
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Art. 45. Prestacion Uniforme Servicios Areas Comunes
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Art. 47. Prestacion Servicios Capacidad Excedente
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