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Artículo 43. Funciones Comision Consultiva Portuaria

Define que la comision consultiva promueve el puerto, emite recomendaciones sobre impacto urbano y ecologico. Sesiona trimestral, resuelve por mayoria y recibe informacion sobre programa maestro e inversiones.

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Texto Legal

La comisión consultiva coadyuvará en la promoción del puerto y podrá emitir recomendaciones en relación con aquellos aspectos que afecten la actividad urbana y el equilibrio ecológico de la zona, para lo cual el administrador portuario deberá informar a la comisión sobre el programa maestro de desarrollo portuario y sus modificaciones, así como de los principales proyectos de inversión para la expansión y modernización del puerto.

La comisión sesionará por lo menos una vez cada tres meses y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

Cuando el administrador portuario decida no seguir dichas recomendaciones, lo notificará dentro de un plazo de 30 días al presidente de la comisión, quien podrá informar de ello a las autoridades competentes para que resuelvan lo que corresponda.

CAPITULO VI Operación portuaria

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La comision puede informar a autoridades competentes sobre recomendaciones no seguidas, creando potencial riesgo regulatorio. Recomendable documentar justificacion de decisiones contrarias en actas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del 65_071220?

Define que la comision consultiva promueve el puerto, emite recomendaciones sobre impacto urbano y ecologico. Sesiona trimestral, resuelve por mayoria y recibe informacion sobre programa maestro e inversiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY de Puertos?

La comision puede informar a autoridades competentes sobre recomendaciones no seguidas, creando potencial riesgo regulatorio. Recomendable documentar justificacion de decisiones contrarias en actas.

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