65_071220

Artículo 38. Administracion Portuaria Integral Concepto

Define la administracion portuaria integral como la delegacion total de planeacion, programacion, desarrollo y servicios de un puerto a una sociedad mercantil mediante concesion. Aplica para puertos individuales o conjuntos de terminales de influencia estatal.

administracion portuariaconcesion portuariaoperacion de puertossociedades mercantiles

Texto Legal

Existirá administración portuaria integral cuando la planeación, programación, desarrollo y demás actos relativos a los bienes y servicios de un puerto, se encomienden en su totalidad a una sociedad mercantil, mediante la concesión para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes y la prestación de los servicios respectivos.

Asimismo, se podrá encomendar, mediante concesión, la administración portuaria integral de un conjunto de terminales, instalaciones y puertos de influencia preponderantemente estatal, dentro de una entidad federativa, a una sociedad mercantil constituida por el Gobierno Federal o Estatal correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es un articulo fundamental que define el marco legal para la delegacion de operaciones portuarias. Debe considerarse como base para interpretar obligaciones y derechos de concesionarios en toda la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 38 del 65_071220?

Define la administracion portuaria integral como la delegacion total de planeacion, programacion, desarrollo y servicios de un puerto a una sociedad mercantil mediante concesion. Aplica para puertos individuales o conjuntos de terminales de influencia estatal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 38 de la LEY de Puertos?

Este es un articulo fundamental que define el marco legal para la delegacion de operaciones portuarias. Debe considerarse como base para interpretar obligaciones y derechos de concesionarios en toda la ley.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 38 del 65_071220?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 38 65_071220 desde tu celular