65_071220

Artículo 22. Servicios portuarios incluidos

Las concesiones incluirán la prestación de servicios portuarios, eliminando la necesidad de permisos específicos para ello. Este artículo simplifica el proceso para los concesionarios.

servicios portuariosconcesionespermisos

Texto Legal

Todas las concesiones a que se refiere esta ley, así como los permisos establecidos en el párrafo segundo del artículo 20 de este ordenamiento, incluirán la prestación de los servicios portuarios correspondientes, por lo que no se requerirá de permiso específico para tal efecto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los concesionarios deben asegurarse de que sus contratos incluyan la prestación de servicios portuarios para evitar complicaciones legales en el futuro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del 65_071220?

Las concesiones incluirán la prestación de servicios portuarios, eliminando la necesidad de permisos específicos para ello. Este artículo simplifica el proceso para los concesionarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY de Puertos?

Los concesionarios deben asegurarse de que sus contratos incluyan la prestación de servicios portuarios para evitar complicaciones legales en el futuro.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 22 del 65_071220?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 22 65_071220 desde tu celular