Las concesiones incluirán la prestación de servicios portuarios, eliminando la necesidad de permisos específicos para ello. Este artículo simplifica el proceso para los concesionarios.
Todas las concesiones a que se refiere esta ley, así como los permisos establecidos en el párrafo segundo del artículo 20 de este ordenamiento, incluirán la prestación de los servicios portuarios correspondientes, por lo que no se requerirá de permiso específico para tal efecto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los concesionarios deben asegurarse de que sus contratos incluyan la prestación de servicios portuarios para evitar complicaciones legales en el futuro.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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