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Artículo 21. Requisitos para concesiones

Las concesiones se otorgarán solo a sociedades mercantiles mexicanas y a personas morales mexicanas. Este artículo regula la participación de inversión extranjera en actividades portuarias.

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Texto Legal

Las concesiones a que se refiere la fracción I del artículo anterior sólo se otorgarán a sociedades mercantiles mexicanas.

Las demás concesiones, así como los permisos, se otorgarán a ciudadanos y a personas morales mexicanos.

La participación de la inversión extranjera en las actividades portuarias se regulará por lo dispuesto en la ley de la materia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que las empresas extranjeras que deseen participar en actividades portuarias se informen sobre las restricciones y requisitos establecidos en esta ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del 65_071220?

Las concesiones se otorgarán solo a sociedades mercantiles mexicanas y a personas morales mexicanas. Este artículo regula la participación de inversión extranjera en actividades portuarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY de Puertos?

Es crucial que las empresas extranjeras que deseen participar en actividades portuarias se informen sobre las restricciones y requisitos establecidos en esta ley.

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