Las concesiones se otorgarán solo a sociedades mercantiles mexicanas y a personas morales mexicanas. Este artículo regula la participación de inversión extranjera en actividades portuarias.
Las concesiones a que se refiere la fracción I del artículo anterior sólo se otorgarán a sociedades mercantiles mexicanas.
Las demás concesiones, así como los permisos, se otorgarán a ciudadanos y a personas morales mexicanos.
La participación de la inversión extranjera en las actividades portuarias se regulará por lo dispuesto en la ley de la materia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que las empresas extranjeras que deseen participar en actividades portuarias se informen sobre las restricciones y requisitos establecidos en esta ley.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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