65_071220

Artículo 11. Reglamentacion de construccion y operacion

Reglamentos estableceran condiciones de construccion, operacion y explotacion sin perjuicio de especificaciones en programas maestros, concesiones, permisos, NOM y reglas de operacion.

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Texto Legal

Los reglamentos de esta ley establecerán las condiciones de construcción, operación y explotación de obras que integren puertos, así como de terminales, marinas e instalaciones portuarias, sin perjuicio de las específicas que se determinen en los programas maestros de desarrollo portuario, en las concesiones, permisos o contratos respectivos, en las normas oficiales mexicanas y en las reglas de operación del puerto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece jerarquia normativa: reglamento es base pero cada terminal tiene reglas especificas en concesion. Operadores deben revisar capas normativas (reglamento general, programa maestro, reglas operativas, concesion) para evitar incumplimientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 del 65_071220?

Reglamentos estableceran condiciones de construccion, operacion y explotacion sin perjuicio de especificaciones en programas maestros, concesiones, permisos, NOM y reglas de operacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 de la LEY de Puertos?

Establece jerarquia normativa: reglamento es base pero cada terminal tiene reglas especificas en concesion. Operadores deben revisar capas normativas (reglamento general, programa maestro, reglas operativas, concesion) para evitar incumplimientos.

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