Ordena remate de valores invertidos conforme a leyes respectivas cuando instituciones de seguros o fianzas incumplen laudo.
Tratándose de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como de Instituciones de Fianzas, en caso de no ejecución del laudo, se ordenará el remate de valores invertidos conforme a las Leyes respectivas. Artículo reformado DOF 05-01-2000
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo crea un mecanismo especializado para instituciones de seguros y fianzas, que poseen valores invertidos susceptibles de remate. Es particularmente relevante para usuarios que contratan con estas instituciones.
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