Autoriza al Ejecutivo Federal a traves de la Secretaria de Hacienda a interpretar los preceptos de la ley con efectos administrativos. Proporciona flexibilidad para adaptacion normativa.
El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, podrá interpretar para efectos administrativos los preceptos de esta Ley.
LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion permite que la Secretaria de Hacienda emita criterios interpretativos vinculantes. Abogados y contadores deben estar atentos a publicaciones del DOF para cambios en interpretacion que afecten obligaciones de cumplimiento.
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Art. 5. Facultades y funciones de la Comision Nacional
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Art. 7. Procedimiento de notificaciones y actuaciones
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