LPDUSF

Artículo 5. Facultades y funciones de la Comision Nacional

Detalla las funciones principales de la Comision: asesorar, proteger y defender usuarios; arbitrar diferencias; promover equidad; y establecer programas educativos de cultura financiera. Las instituciones deben colaborar en estos programas.

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Texto Legal

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros tendrá como finalidad promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de los Usuarios frente a las Instituciones Financieras, arbitrar sus diferencias de manera imparcial y proveer a la equidad en las relaciones entre éstos, así como supervisar y regular de conformidad con lo previsto en las leyes relativas al sistema financiero, a las Instituciones Financieras, a fin de procurar la protección de los intereses de los Usuarios.

La Comisión Nacional procurará el establecimiento de programas educativos, y de otra índole en materia de cultura financiera, para lo cual los elaborará y propondrá a las autoridades competentes.

Las Instituciones Financieras por conducto de sus organismos de representación o por sí solas colaborarán con la Comisión Nacional en la elaboración de los programas educativos a que se refiere el párrafo anterior. Párrafo adicionado DOF 10-01-2014 Artículo reformado DOF 05-01-2000, 15-06-2007, 25-06-2009

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las funciones van mas alla de resolver quejas: incluyen educacion financiera. Las instituciones tienen obligacion de colaborar. Para contadores, esto significa que sus clientes (instituciones financieras) deben dedicar recursos a estos programas educativos como parte de su cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LPDUSF?

Detalla las funciones principales de la Comision: asesorar, proteger y defender usuarios; arbitrar diferencias; promover equidad; y establecer programas educativos de cultura financiera. Las instituciones deben colaborar en estos programas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la LEY de Protección y Defensa al Usuario de Servi...?

Las funciones van mas alla de resolver quejas: incluyen educacion financiera. Las instituciones tienen obligacion de colaborar. Para contadores, esto significa que sus clientes (instituciones financieras) deben dedicar recursos a estos programas educativos como parte de su cumplimiento.

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