LPDUSF

Artículo 48. Responsabilidades por omisiones en informes

La omision en los informes de registro genera responsabilidades conforme a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Publicos.

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Texto Legal

La omisión en los informes a que se refiere el artículo anterior, dará lugar a las responsabilidades previstas, en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion establece consecuencias claras por incumplimiento. Para propositos de compliance, las dependencias responsables deben documentar todos los informes enviados a la Comision.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del LPDUSF?

La omision en los informes de registro genera responsabilidades conforme a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Publicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la LEY de Protección y Defensa al Usuario de Servi...?

Esta disposicion establece consecuencias claras por incumplimiento. Para propositos de compliance, las dependencias responsables deben documentar todos los informes enviados a la Comision.

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