LPDUSF

Artículo 3. Caracter de orden publico e irrenunciabilidad

Declara la ley como de orden publico e interes social, con observancia obligatoria en toda la Republica. Establece que los derechos otorgados son irrenunciables e inalienables. Tiene caracter imperativo.

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Texto Legal

Esta Ley es de orden público, interés social y de observancia en toda la República, de conformidad con los términos y condiciones que la misma establece. Los derechos que otorga la presente Ley son irrenunciables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La naturaleza imperativa de esta ley implica que ninguna clausula contractual puede limitar los derechos del usuario. Cualquier acuerdo que intente renunciar a estos derechos es nulo. Critico para validacion de contratos y terminos de servicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LPDUSF?

Declara la ley como de orden publico e interes social, con observancia obligatoria en toda la Republica. Establece que los derechos otorgados son irrenunciables e inalienables. Tiene caracter imperativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY de Protección y Defensa al Usuario de Servi...?

La naturaleza imperativa de esta ley implica que ninguna clausula contractual puede limitar los derechos del usuario. Cualquier acuerdo que intente renunciar a estos derechos es nulo. Critico para validacion de contratos y terminos de servicio.

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