El Secretario Ejecutivo presenta al Ejecutivo Federal a traves de la Secretaria de Hacienda, con acuerdo previo de la Junta de Gobierno, los requerimientos de recursos presupuestarios del Instituto.
El Secretario Ejecutivo hará llegar oportunamente al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previo acuerdo de la Junta de Gobierno, el requerimiento de recursos presupuestarios a que se refiere el artículo 47 de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Procedimiento interno de solicitud presupuestaria. Requiere acuerdo previo de Junta, lo que implica que debe ser votado. Mantener actas de Junta que evidencien autorizacion.
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