LPO

Artículo 37. Convenios para Promocion de Produccion Organica

La Secretaria celebrara convenios con gobiernos de entidades federativas, municipios e instituciones publicas y privadas para promover produccion agropecuaria y alimentaria bajo metodos organicos.

promocionconveniosgobiernos estatalesfomentocolaboracion

Texto Legal

A fin de promover la producción agropecuaria y alimentaria bajo métodos orgánicos, la Secretaría celebrará convenios con los gobiernos de las entidades federativas, buscando la participación de los municipios, así como con instituciones y organizaciones estatales y nacionales, públicas y privadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo de politica publica que busca descentralizar implementacion. Permite participacion de gobiernos subnacionales y sector privado. Los operadores pueden buscar apoyo a traves de estos convenios con sus entidades locales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LPO?

La Secretaria celebrara convenios con gobiernos de entidades federativas, municipios e instituciones publicas y privadas para promover produccion agropecuaria y alimentaria bajo metodos organicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Productos Orgánicos?

Articulo de politica publica que busca descentralizar implementacion. Permite participacion de gobiernos subnacionales y sector privado. Los operadores pueden buscar apoyo a traves de estos convenios con sus entidades locales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 37 del LPO?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 37 LPO desde tu celular