La Secretaria emitira disposiciones especificas para etiquetado, declaracion de propiedades y uso del distintivo nacional en productos organicos, respetando reglas generales de etiquetado.
Observando las Disposiciones aplicables en materia de etiquetado, la Secretaría emitirá Disposiciones específicas para el etiquetado y declaración de propiedades de productos orgánicos así como del uso del distintivo nacional.
TÍTULO QUINTO DE LAS IMPORTACIONES DE PRODUCTOS ORGÁNICOS E INSUMOS PARA LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA
CAPÍTULO ÚNICO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Complementa articulos 30-31. Estas disposiciones especificas seran normativa practica que operadores deben cumplir. Incluiran especificaciones sobre tamaño, ubicacion, colores y texto del distintivo y declaraciones.
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Art. 31. Distintivo Nacional para Productos Organicos
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Art. 33. Certificacion de Productos Organicos Importados
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