LPO

Artículo 26. Responsabilidades y Registros de Operadores Organicos

Disposiciones estableceran responsabilidades de operadores organicos, caracteristicas de registros, y coordinacion interinstitucional para mantener integridad organica de productos certificados.

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Texto Legal

En Disposiciones aplicables se establecerán las responsabilidades de los Operadores orgánicos, los registros y sus características, y las formas en que la Secretaría y otras entidades gubernamentales se coordinarán para coadyuvar al mantenimiento del Sistema de control nacional para garantizar la integridad orgánica de los productos certificados como orgánicos.

CAPÍTULO SEGUNDO DEL USO DE MÉTODOS, SUBSTANCIAS Y/O MATERIALES EN LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Define el marco de accountability del sistema. Los operadores son responsables de mantener registros detallados, y multiples entidades governamentales colaboran en supervision. Incumplimiento puede resultar en perdida de certificacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LPO?

Disposiciones estableceran responsabilidades de operadores organicos, caracteristicas de registros, y coordinacion interinstitucional para mantener integridad organica de productos certificados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY de Productos Orgánicos?

Define el marco de accountability del sistema. Los operadores son responsables de mantener registros detallados, y multiples entidades governamentales colaboran en supervision. Incumplimiento puede resultar en perdida de certificacion.

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