LPlan

Artículo 36. Publicacion convenios entidades federativas

El Ejecutivo ordena la publicacion en Diario Oficial de la Federacion de los convenios suscritos con gobiernos de entidades federativas.

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Texto Legal

El Ejecutivo Federal ordenará la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, de los convenios que se suscriban con los gobiernos de las entidades federativas.

CAPITULO SEXTO Concertación e Inducción

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La publicacion en DOF otorga certeza juridica a los convenios y permite a terceros conocer los compromisos adquiridos. Las dependencias deben asegurar que todos los convenios de coordinacion se publiquen oportunamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LPlan?

El Ejecutivo ordena la publicacion en Diario Oficial de la Federacion de los convenios suscritos con gobiernos de entidades federativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY de Planeación?

La publicacion en DOF otorga certeza juridica a los convenios y permite a terceros conocer los compromisos adquiridos. Las dependencias deben asegurar que todos los convenios de coordinacion se publiquen oportunamente.

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