Los financiamientos pueden ser pagados a traves de la factura de electricidad o gas natural si la Secretaria lo determina conveniente.
En caso de que la Secretaría determine su conveniencia, los financiamientos referidos en este Capítulo deben ser pagados a través de la factura que la suministradora de electricidad o distribuidora de gas natural haga a cada persona usuaria por la prestación de sus servicios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este mecanismo de cobranza integrada simplifica el proceso pero requiere coordinacion entre el financiador y el proveedor de servicios. Recomendamos que las suministradoras verifiquen que existan convenios validos antes de proceder con desgloses en facturas.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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