El Fondo de Servicio Universal Energetico, administrado por la Secretaria, financia acciones de cobertura electrica para poblaciones sin acceso, justicia energetica y reduccion de pobreza energetica.
El Fondo de Servicio Universal Energético, debe ser administrado y coordinado por la Secretaría y tiene como meta financiar acciones de cobertura eléctrica para las poblaciones que aún no tienen acceso a la electricidad, la Justicia Energética y la reducción de la Pobreza Energética.
LEY DE PLANEACIÓN Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Fondo complementario de gran relevancia social. Contadores deben entender que financia infraestructura basica; abogados deben revisar coordinacion con programas de bienestar del gobierno para evitar duplicaciones.
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Art. 48. Sujetos elegibles y preferencia de asignacion
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