LPTE

Artículo 42. Politicas de apoyo financiero del ejecutivo

El Ejecutivo Federal debe instrumentar politicas y medidas para facilitar apoyos financieros, economicos y de mercado destinados al cumplimiento de los fines de la Ley.

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Texto Legal

El Ejecutivo Federal debe instrumentar políticas y medidas para facilitar apoyos financieros, económicos y de mercado que se destinen al cumplimiento de los fines de esta Ley. Capítulo II Del Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo declarativo que establece la responsabilidad del Ejecutivo. Relevante para identificar fuentes potenciales de financiamiento y para argumentar obligaciones gubernamentales ante autoridades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del LPTE?

El Ejecutivo Federal debe instrumentar politicas y medidas para facilitar apoyos financieros, economicos y de mercado destinados al cumplimiento de los fines de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

Articulo declarativo que establece la responsabilidad del Ejecutivo. Relevante para identificar fuentes potenciales de financiamiento y para argumentar obligaciones gubernamentales ante autoridades.

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