Los recursos publicos y privados destinados al cumplimiento de objetivos de transicion energetica deben regirse por principios de honestidad, legalidad, eficiencia y transparencia, sujetos a monitoreo y evaluacion de desempeño.
Los recursos que se destinen para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, deben impulsar el desarrollo tecnológico, Transición Energética y Justicia Energética. Los recursos públicos o privados asignados con base en esta Ley deben ser ejercidos de acuerdo con los principios de honestidad, legalidad, productividad, eficiencia, eficacia, transparencia gubernamental y máxima publicidad, y deben estar sujetos al monitoreo, reporte y evaluación de su desempeño y efectividad.
LEY DE PLANEACIÓN Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece el marco normativo fundamental para toda asignacion de recursos. Contadores y abogados deben garantizar que cualquier proyecto financiado cumpla con estos principios documentando claramente los criterios de evaluacion de desempeño.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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