LNCM

Artículo 99. Plazo prescripcion privilegios marítimos

Los privilegios marítimos sobre mercancías transportadas se extinguen si no se ejercita la accion correspondiente dentro de un mes contado desde la finalizacion de la descarga.

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Texto Legal

Los privilegios marítimos sobre mercancías transportadas se extinguirán si no se ejercita la acción correspondiente dentro del plazo de un mes, contado a partir de la fecha en que finalizó la descarga de las mercancías.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El plazo de un mes es critico y debe controlarse rigidamente. Se recomienda implementar sistemas de alertas automatizadas en las empresas transportistas para no perder este derecho por vencimiento de termino.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 99 del LNCM?

Los privilegios marítimos sobre mercancías transportadas se extinguen si no se ejercita la accion correspondiente dentro de un mes contado desde la finalizacion de la descarga.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 99 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

El plazo de un mes es critico y debe controlarse rigidamente. Se recomienda implementar sistemas de alertas automatizadas en las empresas transportistas para no perder este derecho por vencimiento de termino.

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