Una vez formulada la liquidacion en definitiva, el Juez citara a las partes para sentencia, la cual debe pronunciarse dentro de ocho dias habiles siguientes.
Formulada en definitiva la liquidación, el Juez citará a las partes para oír sentencia la cual deberá ser pronunciada dentro de los ocho días hábiles siguientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo fija un plazo perentorio de ocho dias para la sentencia final. Los abogados deben asegurar que todas las pruebas y argumentos esten presentados antes de esta citacion, ya que el Juez tiene discrecionalidad limitada para prorrogas.
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Art. 296. Impugnacion de liquidacion de averia
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