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Artículo 8. Nacionalidad personas morales mexicanas

Son personas morales de nacionalidad mexicana las constituidas conforme a leyes mexicanas y con domicilio legal en territorio nacional.

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Texto Legal

Son personas morales de nacionalidad mexicana las que se constituyan conforme a las leyes mexicanas y tengan en el territorio nacional su domicilio legal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta definicion es crucial para cuestiones de inversion extranjera y restricciones constitucionales (art. 27). Las sociedades deben tener domicilio real y registrado en Mexico para mantener nacionalidad mexicana.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del 53?

Son personas morales de nacionalidad mexicana las constituidas conforme a leyes mexicanas y con domicilio legal en territorio nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY de Nacionalidad?

Esta definicion es crucial para cuestiones de inversion extranjera y restricciones constitucionales (art. 27). Las sociedades deben tener domicilio real y registrado en Mexico para mantener nacionalidad mexicana.

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