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Artículo 7. Presuncion nacionalidad nino exposito

Presume que nino expositito hallado en territorio nacional ha nacido en el y que es hijo de padre y madre mexicanos, salvo prueba contraria.

nino expositopresuncionnacimientofiliacion
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 23 de abril de 2012. Verificado en 2026.

Texto Legal

Salvo prueba en contrario, se presume que el niño expósito hallado en territorio nacional ha nacido en éste y que es hijo de padre y madre mexicanos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion protege a menores encontrados sin documenta mediante presuncion favorable. Es una norma de amparo minorista que facilita la registracion y otorgamiento de nacionalidad mexicana a infantes sin antecedentes claros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del 53?

Presume que nino expositito hallado en territorio nacional ha nacido en el y que es hijo de padre y madre mexicanos, salvo prueba contraria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY de Nacionalidad?

Esta disposicion protege a menores encontrados sin documenta mediante presuncion favorable. Es una norma de amparo minorista que facilita la registracion y otorgamiento de nacionalidad mexicana a infantes sin antecedentes claros.

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