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Artículo 55. Infracciones que cancelan concesion minera

Enumera 14 causales especificas de cancelacion de concesion incluyendo explotacion de sustancias no autorizadas, incumplimiento de obras, falta de pago de derechos, omision de informes sobre hidrocarburos o litio, y perdida de capacidad para ser titular.

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Texto Legal

Se sancionará con la cancelación de la concesión minera cualquiera de las infracciones siguientes:

I.- Efectuar al amparo de la misma la explotación de minerales o sustancias no sujetos a la aplicación de la presente Ley;

II. No ejecutar o comprobar las obras y trabajos previstos por esta Ley en los términos y condiciones que señalan la misma y su Reglamento; Fracción reformada DOF 28-04-2005, 08-05-2023

III. Dejar de cubrir oportunamente los derechos sobre minería, contribuciones, aprovechamientos y demás contraprestaciones aplicables, conforme a las disposiciones jurídicas vigentes; Fracción reformada DOF 08-05-2023

IV. (Se deroga) Fracción derogada DOF 28-04-2005

V. No cumplir con los pagos por concepto de la prima por descubrimiento o de la contraprestación económica que en su caso corresponda cubrir, así como no rendir al Servicio Geológico Mexicano los informes semestrales a que se refiere el artículo 27, fracción X, de esta Ley; Fracción reformada DOF 24-12-1996, 28-04-2005

VI. No sujetar las obras y trabajos de exploración o de explotación de carbón en todas sus variedades en terrenos amparados por asignaciones petroleras a las condiciones técnicas que fije la Secretaría; Fracción reformada DOF 28-04-2005

VII. Realizar las obras y trabajos previstos por esta Ley sin contar con las autorizaciones previas de las autoridades competentes en materia de medio ambiente, agua, consulta indígena o afromexicana o cualquiera otra autorización, permiso o concesión que se requiera del orden federal, local o municipal; Fracción reformada DOF 28-04-2005, 08-05-2023

VIII.- Agrupar concesiones que amparen lotes mineros no colindantes para efectos de comprobación que no constituyan una unidad minera o minerometalúrgica desde el punto de vista técnico y administrativo;

LEY DE MINERÍA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 08-05-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Fracción reformada DOF 26-06-2006

IX.(Se deroga.) Fracción adicionada DOF 26-06-2006. Derogada DOF 11-08-2014

X.(Se deroga.) Fracción adicionada DOF 26-06-2006. Derogada DOF 11-08-2014

XI.(Se deroga.) Fracción adicionada DOF 26-06-2006. Derogada DOF 11-08-2014

XII.Omitir información sobre el hallazgo de cualquier hidrocarburo o litio en el área objeto de la concesión minera; Fracción adicionada DOF 26-06-2006. Reformada DOF 11-08-2014, 08-05-2023

XIII.Perder la capacidad para ser titular de concesiones. No procede la cancelación cuando la persona titular de la concesión pierda su capacidad por no ajustarse a las disposiciones que regulan la participación de inversionistas extranjeros y subsane tal circunstancia dentro de los noventa días naturales siguientes a la fecha en que la misma ocurra; Fracción recorrida DOF 26-06-2006. Reformada DOF 08-05-2023

XIV.Omitir dar aviso, en dos ocasiones consecutivas, sobre cualquier accidente que, con motivo de la operación de la mina, hubiere causado daños o cualquier incidente que ponga en peligro la seguridad de las personas, sus bienes o el medio ambiente, dentro del lote minero que ampara el título de concesión en la que se ejecuten obras y trabajos, en un plazo máximo de setenta y dos horas, contadas a partir de que ocurran los hechos; Fracción adicionada DOF 08-05-2023

XV.Omitir informar a la Secretaría de la designación del ingeniero o ingeniera responsable del cumplimiento de las normas de seguridad en las minas, conforme a lo establecido en el artículo 27, fracción XVIII, de la presente Ley; Fracción adicionada DOF 08-05-2023

XVI.No permitir el ingreso del personal de la Secretaría para realizar visitas de verificación de las obligaciones que impone la presente Ley; Fracción adicionada DOF 08-05-2023

XVII.Cuando la autoridad competente determine que existe riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro irreversible a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes, sistemas hidrológicos superficiales o subterráneos, o para la salud pública, de conformidad con las disposiciones aplicables a la materia; Fracción adicionada DOF 08-05-2023

XVIII.No informar del inicio de actividades de explotación en los plazos previstos en la presente Ley; Fracción adicionada DOF 08-05-2023

XIX.Suspender o cancelar, sin previo aviso, las actividades de explotación o beneficio una vez iniciadas, salvo por disposición jurisdiccional o que existan causas de fuerza mayor; Fracción adicionada DOF 08-05-2023

XX.Dejar de rendir, por más de una ocasión, el informe previsto en el artículo 28 de la presente Ley o no rendirlo en los términos precisados en la presente Ley o su Reglamento, y Fracción adicionada DOF 08-05-2023

LEY DE MINERÍA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 08-05-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XXI. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las fracciones XV, XVI, XVII, XVIII y XX del artículo 27 de la presente Ley. Fracción adicionada DOF 08-05-2023 Reforma DOF 08-05-2023: Derogó del artículo los entonces párrafos segundo (antes reformado DOF 28-04-2005) y tercero

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La no ejecucion de obras en tiempos y condiciones especificadas es causa frecuente de cancelacion. Existe salvedad para inversionistas extranjeros que subsanen incapacidad legal en 90 dias. Reportar accidentes en 72 horas es obligatorio; omitir aviso es causal de cancelacion bajo fraccion XIV.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 55 del LMin?

Enumera 14 causales especificas de cancelacion de concesion incluyendo explotacion de sustancias no autorizadas, incumplimiento de obras, falta de pago de derechos, omision de informes sobre hidrocarburos o litio, y perdida de capacidad para ser titular.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 55 de la LEY de Minería?

La no ejecucion de obras en tiempos y condiciones especificadas es causa frecuente de cancelacion. Existe salvedad para inversionistas extranjeros que subsanen incapacidad legal en 90 dias. Reportar accidentes en 72 horas es obligatorio; omitir aviso es causal de cancelacion bajo fraccion XIV.

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