LMin

Artículo 54. Sanciones generales por infracciones

Establece que infracciones a la Ley de Mineria pueden sancionarse con cancelacion de concesion o asignacion minera, o bien con multa. Las sanciones las impone administrativamente la Secretaria.

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Texto Legal

Las infracciones a las disposiciones de la presente Ley se sancionarán con la cancelación de la concesión o asignación mineras o multa.

Las infracciones serán sancionadas administrativamente por la Secretaría.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La sancion mas grave es la cancelacion de la concesion, que extingue derechos mineros. Existe discrecionalidad en elegir entre cancelacion o multa segun la gravedad y reincidencia. Recomendable documentar cumplimiento preventivamente para evitar cuestionamientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 del LMin?

Establece que infracciones a la Ley de Mineria pueden sancionarse con cancelacion de concesion o asignacion minera, o bien con multa. Las sanciones las impone administrativamente la Secretaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 de la LEY de Minería?

La sancion mas grave es la cancelacion de la concesion, que extingue derechos mineros. Existe discrecionalidad en elegir entre cancelacion o multa segun la gravedad y reincidencia. Recomendable documentar cumplimiento preventivamente para evitar cuestionamientos.

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