LMin

Artículo 52. Cartografia Minera y lotes concesionados

Atribuye a la Secretaria la responsabilidad de mantener la Cartografia Minera con ubicacion y perimetros de lotes concesionados, asignados y en reserva. Permite acceso publico a la cartografia y solicitud de planos.

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Texto Legal

Está a cargo de la Secretaría la Cartografía Minera para constatar los lotes que sean objeto de concesión y asignación mineras. En dicha Cartografía se debe representar gráficamente la ubicación y el perímetro de los lotes amparados por concesiones, asignaciones y reservas mineras vigentes. Párrafo reformado DOF 08-05-2023

Toda persona podrá examinar la Cartografía Minera y solicitar a su costa planos de la misma. Reforma DOF 28-04-2005: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo

CAPITULO SEPTIMO De las Verificaciones, Sanciones y Recursos Denominación del Capítulo reformada DOF 08-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La cartografia es herramienta esencial para verificar colindancias y validar la legalidad de operaciones. Toda persona puede consultar gratuitamente, pero copias de planos son a costa del solicitante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LMin?

Atribuye a la Secretaria la responsabilidad de mantener la Cartografia Minera con ubicacion y perimetros de lotes concesionados, asignados y en reserva. Permite acceso publico a la cartografia y solicitud de planos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY de Minería?

La cartografia es herramienta esencial para verificar colindancias y validar la legalidad de operaciones. Toda persona puede consultar gratuitamente, pero copias de planos son a costa del solicitante.

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