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Artículo 35 BIS. Informe de trabajos mineros

El artículo establece la obligación de presentar un informe sobre trabajos de exploración o explotación en un lote minero, junto con la solicitud de reducción o dentro de un plazo específico tras la cancelación de la concesión. Este informe debe ser entregado al Servicio Geológico Mexicano para su publicación.

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Texto Legal

El informe a que se refiere el artículo 27, fracción IX, de esta Ley, debe describir los trabajos de exploración o explotación realizados en el lote minero o en la superficie que se autorice, conforme a lo que establezca el Reglamento de la presente Ley, y debe ser presentado junto con la solicitud de reducción, o dentro de los sesenta días naturales siguientes a la terminación de la vigencia de la concesión minera o a la notificación de su cancelación por infracción o resolución judicial. La Secretaría debe entregar al Servicio Geológico Mexicano dicho informe en un término de sesenta días naturales a partir de que lo reciba para que éste lo declare en su sistema público de información dentro de los sesenta días naturales de que a su vez lo reciba. Artículo adicionado DOF 28-04-2005. Reformado DOF 08-05-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial para los concesionarios cumplir con este requisito, ya que la falta de presentación del informe puede llevar a la cancelación de la concesión. Mantener un registro detallado de las actividades es fundamental.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 BIS del LMin?

El artículo establece la obligación de presentar un informe sobre trabajos de exploración o explotación en un lote minero, junto con la solicitud de reducción o dentro de un plazo específico tras la cancelación de la concesión. Este informe debe ser entregado al Servicio Geológico Mexicano para su publicación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 BIS de la LEY de Minería?

Es crucial para los concesionarios cumplir con este requisito, ya que la falta de presentación del informe puede llevar a la cancelación de la concesión. Mantener un registro detallado de las actividades es fundamental.

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