Exenta de inspeccion a aeronaves de gobiernos extranjeros, organismos internacionales en mision oficial y sus funcionarios, familias y empleados que gocen de inmunidad conforme tratados internacionales.
Quedan exceptuadas de la inspección, las aeronaves oficiales de gobiernos extranjeros y las de organismos internacionales que se internen en el país en comisión oficial, así como los funcionarios de dichos gobiernos u organismos, sus familias y empleados, y aquellas personas que se encuentren a bordo de dichas aeronaves y que, conforme a las leyes, tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, gocen de inmunidades.
De acuerdo con la costumbre internacional, a los funcionarios de gobiernos extranjeros y de organismos internacionales en comisión oficial se les darán las facilidades necesarias para internarse al país, cumpliendo con los requisitos de control migratorio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo de alto impacto diplomático. Las inmunidades se rigen por tratados internacionales ratificados por Mexico; requiere coordinacion con Secretaria de Relaciones Exteriores para determinar quienes califican exactamente.
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