LMigra

Artículo 47. Requisitos para salida del país

Las personas deben cumplir con ciertos requisitos para salir del territorio nacional. Este artículo detalla los documentos y condiciones necesarias para la salida.

salidarequisitosdocumentación

Texto Legal

Para la salida de personas del territorio nacional, éstas deberán:

I. Hacerlo por lugares destinados al tránsito internacional de personas;

II. Identificarse mediante la presentación del pasaporte o documento de identidad o viaje válido y vigente;

III. Presentar al Instituto la información que se requiera con fines estadísticos;

IV. En el caso de extranjeros, acreditar su situación migratoria regular en el país, o el permiso expedido por la autoridad migratoria en los términos del artículo 137 de esta Ley, y

V. Sujetarse a lo que establezcan otras disposiciones aplicables en la materia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es vital que los viajeros conozcan los requisitos para salir del país, especialmente en situaciones legales complejas. La preparación puede prevenir inconvenientes en el viaje.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LMigra?

Las personas deben cumplir con ciertos requisitos para salir del territorio nacional. Este artículo detalla los documentos y condiciones necesarias para la salida.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la LEY de Migración?

Es vital que los viajeros conozcan los requisitos para salir del país, especialmente en situaciones legales complejas. La preparación puede prevenir inconvenientes en el viaje.

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