Este artículo permite a la Secretaría cerrar temporalmente lugares de tránsito internacional por causas de interés público. Es relevante para la gestión de crisis en situaciones específicas.
La Secretaría, podrá cerrar temporalmente los lugares destinados al tránsito internacional de personas por tierra, mar y aire, por causas de interés público.
LEY DE MIGRACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La posibilidad de cerrar lugares de tránsito es una herramienta importante para la gestión de emergencias y seguridad nacional.
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