LMigra

Artículo 20. Atribuciones del Instituto Nacional de Migracion

INM instrumenta politica migratoria, vigila entrada y salida, tramita internacion y estancia de extranjeros, resuelve deportacion y retorno asistido, impone sanciones, mantiene registro de extranjeros, opera estaciones migratorias, coordina grupos de atencion, proporciona informacion a seguridad nacional, asigna CURP a menores, recibe repatriados mexicanos y garantiza deberes reforzados hacia mujeres y menores.

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Texto Legal

El Instituto tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:

I. Instrumentar la política en materia migratoria;

II. Vigilar la entrada y salida de personas al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y revisar su documentación;

III. En los casos señalados en esta Ley, tramitar y resolver sobre la internación, estancia y salida del país de los extranjeros;

IV. Conocer, resolver y ejecutar la deportación o el retorno asistido de personas extranjeras, en los términos y condiciones establecidos en la presente Ley y en su Reglamento; salvo que, en el caso de deportación o retorno asistido de niñas, niños y adolescentes migrantes, el plan de restitución de derechos que emita la Procuraduría de Protección determine lo contrario; Fracción reformada DOF 11-11-2020

V. Imponer las sanciones previstas por esta Ley y su Reglamento;

VI. Llevar y mantener actualizado el Registro Nacional de Extranjeros;

VII. Presentar en las estaciones migratorias o en los lugares habilitados para tal fin, a las personas extranjeras que lo ameriten conforme a las disposiciones de esta Ley, respetando en todo momento sus derechos humanos; Fracción reformada DOF 11-11-2020

VIII. Coordinar la operación de los grupos de atención a migrantes que se encuentren en territorio nacional;

IX. Proporcionar información contenida en las bases de datos de los distintos sistemas informáticos que administra, a las diversas instituciones de seguridad nacional que así lo soliciten, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; Fracción reformada DOF 11-11-2020

X. Gestionar ante la autoridad correspondiente la asignación de la clave única del registro de población para niñas, niños y adolescentes a quienes se les otorgue autorización de estancia como Visitante por Razones Humanitarias o como Residente; Fracción adicionada DOF 11-11-2020

XI. Recibir a niñas, niños y adolescentes mexicanos repatriados y de manera inmediata notificar a la Procuraduría de Protección y canalizar a la niña, niño o adolescente al Sistema DIF correspondiente; Fracción adicionada DOF 11-11-2020. Reformada DOF 15-01-2026

XII. Garantizar los deberes reforzados del Estado de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños en materia migratoria, y Fracción adicionada DOF 15-01-2026

LEY DE MIGRACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XIII. Las demás que le señale esta Ley, su Reglamento y las disposiciones jurídicas aplicables. Fracción recorrida DOF 11-11-2020. Reformada y recorrida DOF 15-01-2026

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo critico que consolida facultades operativas del INM. La reforma de 2020 elimino detencion de menores por motivos migratorios e impuso notificacion a Procuraduria. La reforma de 2026 añade deberes reforzados hacia genero y menores. Clave para impugnaciones de actos del INM.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LMigra?

INM instrumenta politica migratoria, vigila entrada y salida, tramita internacion y estancia de extranjeros, resuelve deportacion y retorno asistido, impone sanciones, mantiene registro de extranjeros, opera estaciones migratorias, coordina grupos de atencion, proporciona informacion a seguridad nacional, asigna CURP a menores, recibe repatriados mexicanos y garantiza deberes reforzados hacia mujeres y menores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY de Migración?

Articulo critico que consolida facultades operativas del INM. La reforma de 2020 elimino detencion de menores por motivos migratorios e impuso notificacion a Procuraduria. La reforma de 2026 añade deberes reforzados hacia genero y menores. Clave para impugnaciones de actos del INM.

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