Define que el patrimonio se integra con bienes transferidos por gobierno federal, bienes propios adquiridos con recursos autogenerados, recursos presupuestales, externos y de terceros. Clasifica el origen y naturaleza del patrimonio.
El patrimonio de cada uno de los Institutos Nacionales de Salud se integrará con:
I. Los bienes muebles e inmuebles y derechos que les transfiera o haya transferido el Gobierno Federal;
II. Los bienes propios, entendidos éstos como los muebles e inmuebles adquiridos por los Institutos con recursos autogenerados, externos o de terceros, que utilizan en propósitos distintos a los de su objeto, y que no pueden ser clasificados como bienes del dominio público o privado de la Federación;
LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
III. Los recursos presupuestales que les asigne el Gobierno Federal;
IV. Los recursos autogenerados;
V. Los recursos de origen externo, y
VI. Los demás bienes, derechos y recursos que por cualquier título adquieran.
Capítulo II Autonomía
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Clasificacion patrimonial importante para contabilidad: bienes del dominio publico federal vs. bienes propios del instituto. Esta distincion afecta depreciacion, enajenacion y reportes financieros. Consulte normas de patrimonio federal aplicables.
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