LINS

Artículo 31. Estatus y Prestaciones del Investigador Emerito

La designacion como investigador emerito es vitalicia y los emeritos reciben estimulo economico y prestaciones que determine la Junta de Gobierno respectiva.

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Texto Legal

La designación como investigador emérito será una distinción vitalicia.

Los investigadores eméritos recibirán el estímulo económico y las prestaciones que determine la Junta de Gobierno respectiva.

LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Capítulo V Órgano de vigilancia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es un compromiso vitalicio y potencialmente costoso para el Instituto. La Junta tiene discrecion para determinar montos de estimulos y prestaciones, pero una vez otorgados no pueden ser revocados. Presupueste adecuadamente estas obligaciones de largo plazo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LINS?

La designacion como investigador emerito es vitalicia y los emeritos reciben estimulo economico y prestaciones que determine la Junta de Gobierno respectiva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud?

Este es un compromiso vitalicio y potencialmente costoso para el Instituto. La Junta tiene discrecion para determinar montos de estimulos y prestaciones, pero una vez otorgados no pueden ser revocados. Presupueste adecuadamente estas obligaciones de largo plazo.

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