LPF

Artículo 51. Delitos autorizados para intervencion preventiva

Intervencion preventiva de comunicaciones solo se autoriza para delitos especificos: del Codigo Penal Federal (drogas, homicidio organizado, explotacion sexual, asalto, extorsion, operaciones ilícitas); Ley de Armas; Ley General Salud (trafico organos); Ley Migracion (trafico indocumentados); Ley Secuestro.

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Texto Legal

La intervención preventiva de comunicaciones a que se refiere esta Ley, se autorizará únicamente en los delitos previstos en los ordenamientos legales que a continuación se enlistan:

I. Del Código Penal Federal:

a) Evasión de Presos; previsto en el artículo 150;

LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

b) Contra la salud, previsto en los artículos 194, 195, párrafo primero, 195 Bis, excepto cuando se trate de los casos previstos en las dos primeras líneas horizontales de las tablas contenidas en el apéndice I, 196 Bis, 196 Ter, 197, párrafo primero y 198, parte primera del párrafo tercero;

c) Corrupción de menores o incapaces, previsto en los artículos 200, 201 y 201 bis;

d) Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el Capítulo II;

e) Turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en los artículos 203 y 203 bis;

f) Lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204;

g) Explotación del cuerpo de un menor de edad por medio del comercio carnal, previsto en el artículo 208;

h) Asalto en carreteras o caminos, previsto en el artículo 286, segundo párrafo;

i) Homicidios relacionados con la delincuencia organizada;

j) Tráfico de menores, previsto en el artículo 366 Ter; Inciso reformado DOF 30-11-2010

k) Robo de vehículo, previsto en el artículo 376 Bis;

l) Los previstos en el artículo 377;

m) Extorsión, previsto en el artículo 390;

n) Operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el artículo 400 Bis;

II. De la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos el delito de introducción clandestina de armas de fuego en términos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada;

III. De la Ley General de Salud, el delito de tráfico de órganos previsto en los artículos 461, 462 y 462 Bis; Fracción reformada DOF 30-11-2010

IV. De la Ley de Migración, el delito de tráfico de indocumentados, previsto en el artículo 159, y Fracción reformada DOF 30-11-2010, 25-05-2011

V. Los previstos en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fracción adicionada DOF 30-11-2010

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo definitorio absolutamente crítico. Solo estos delitos justifican intervención. Cualquier investigación de delito no listado invalida la intervención aunque sea autorizada. Defensa debe verificar cuidadosamente si delito materia del proceso está aqui enumerado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del LPF?

Intervencion preventiva de comunicaciones solo se autoriza para delitos especificos: del Codigo Penal Federal (drogas, homicidio organizado, explotacion sexual, asalto, extorsion, operaciones ilícitas); Ley de Armas; Ley General Salud (trafico organos); Ley Migracion (trafico indocumentados); Ley Secuestro.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la LEY de la Policía?

Articulo definitorio absolutamente crítico. Solo estos delitos justifican intervención. Cualquier investigación de delito no listado invalida la intervención aunque sea autorizada. Defensa debe verificar cuidadosamente si delito materia del proceso está aqui enumerado.

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