LPF

Artículo 22. Causas de conclusion del servicio policial

Define las tres formas de terminar el servicio: separacion por incumplimiento de requisitos, remocion por responsabilidad disciplinaria, y baja por renuncia, muerte, incapacidad o jubilacion. Requiere acta de entrega de bienes y documentacion.

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Texto Legal

La conclusión del servicio de un integrante es la terminación de su nombramiento o la cesación de sus efectos legales por las siguientes causas:

I. Separación, por incumplimiento a cualquiera de los requisitos de permanencia, o cuando en los procesos de promoción concurran las siguientes circunstancias:

a) Si hubiere sido convocado a tres procesos consecutivos de promoción sin que haya participado en los mismos, o que habiendo participado en dichos procesos no hubiese obtenido el grado inmediato superior que le correspondería por causas imputables a él;

b) Que haya alcanzado la edad máxima correspondiente a su jerarquía, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones aplicables, y

c) Que del expediente del integrante no se desprendan méritos suficientes a juicio del Consejo Federal para conservar permanencia.

II. Remoción, por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones o incumplimiento de sus deberes, de conformidad con las disposiciones relativas al régimen disciplinario, o

III. Baja, por:

a) Renuncia;

b) Muerte, o incapacidad permanente, o

c) Jubilación o retiro.

Al concluir el servicio el integrante deberá entregar al funcionario designado para tal efecto, toda la información, documentación, equipo, materiales, identificaciones, valores u otros recursos que hayan sido puestos bajo su responsabilidad o custodia mediante acta de entrega recepción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo impacta directamente en beneficios, pensiones y liquidaciones. Contadores deben verificar que la causa clasificada coincida con las implicaciones fiscales y de seguridad social; una clasificacion incorrecta puede afectar derechos de jubilacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LPF?

Define las tres formas de terminar el servicio: separacion por incumplimiento de requisitos, remocion por responsabilidad disciplinaria, y baja por renuncia, muerte, incapacidad o jubilacion. Requiere acta de entrega de bienes y documentacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY de la Policía?

Este articulo impacta directamente en beneficios, pensiones y liquidaciones. Contadores deben verificar que la causa clasificada coincida con las implicaciones fiscales y de seguridad social; una clasificacion incorrecta puede afectar derechos de jubilacion.

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