LPF

Artículo 21. Factores para aplicar sanciones disciplinarias

Establece doce factores que el Consejo Federal debe considerar al imponer sanciones a integrantes, incluyendo gravedad de la infraccion, danos causados, condiciones socieconomicas y conducta previa. Garantiza que las sanciones sean proporcionales y equitativas.

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Texto Legal

La aplicación de dichas sanciones por el Consejo Federal se realizará considerando los factores siguientes:

I. Gravedad de la infracción;

II. Daños causados a la Institución;

III. Daños infligidos a la ciudadanía;

IV. Condiciones socioeconómicas del infractor;

V. Cargo, comisión, categoría jerárquica y antigüedad;

VI. Conducta observada con anterioridad al hecho;

LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VII. Circunstancias de ejecución;

VIII. Intencionalidad o negligencia;

IX. Perjuicios originados al servicio;

X. Daños producidos a otros integrantes;

XI. Daños causados al material y equipo, y

XII. Grado de instrucción del presunto infractor.

Capítulo VI De la Conclusión del Servicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es critico para defender a personal sancionado, ya que obliga al Consejo a justificar cada factor. Los abogados defensores deben verificar que se evaluaron todos los 12 factores en orden y proporcionalmente; la omision de alguno puede ser causal de revocacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LPF?

Establece doce factores que el Consejo Federal debe considerar al imponer sanciones a integrantes, incluyendo gravedad de la infraccion, danos causados, condiciones socieconomicas y conducta previa. Garantiza que las sanciones sean proporcionales y equitativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY de la Policía?

Este articulo es critico para defender a personal sancionado, ya que obliga al Consejo a justificar cada factor. Los abogados defensores deben verificar que se evaluaron todos los 12 factores en orden y proporcionalmente; la omision de alguno puede ser causal de revocacion.

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