Define la estructura minima de la Guardia Nacional incluyendo Comandancia, Jefatura General, Coordinaciones Territoriales y servicios especializados. La estructura especifica se determina por reglamento.
La Guardia Nacional tendrá la estructura orgánica que determine su reglamento y contará al menos con: I. La Comandancia; II. La Jefatura General de Coordinación Policial; III. Las Coordinaciones Territoriales, Estatales y de Unidad; IV. Unidades Circunstanciales, y V. Los servicios especializados de investigación e inteligencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La estructura es flexible segun reglamento. Esto significa que cambios administrativos pueden ocurrir sin reforma legislativa, importante para anticipar reorganizaciones.
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Art. 21. Coordinaciones Regionales para despliegue
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Art. 23. Servicios especializados y Asuntos Internos
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