El Comite de Auditoria se integra exclusivamente por dos consejeros independientes con presidencia rotatoria anual. Pueden asistir como invitados representantes de Direccion General, Auditoria Interna y area juridica.
El Comité de Auditoría se integra solo por dos personas consejeras independientes y debe ser presidido, de manera rotatoria cada año, por cada persona integrante, según lo determine el Consejo de Administración. El Comité tiene las funciones señaladas en la presente Ley. Pueden asistir a sus sesiones como personas invitadas o invitados, con derecho a voz, pero sin voto, una persona representante de la Dirección General; la persona titular de la Auditoría Interna, del área jurídica, o cualquier otra persona, cuando se considere conveniente y apropiado debido al tema a discutirse.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La composicion exclusivamente independiente del Comite de Auditoria asegura imparcialidad en evaluaciones financieras. Contadores deben presentar estados financieros ante este comite; cualquier conflicto de interes invalida sus decisiones.
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