El Comite de Recursos Humanos, presidido por consejero independiente, se integra por titulares de Energia y Hacienda. Tiene nueve funciones clave incluyendo proponer remuneraciones, politicas de contratacion y vigilancia de lineamientos de austeridad.
El Comité de Recursos Humanos, Remuneraciones y Austeridad es presidido por una persona consejera independiente de manera rotatoria anual, lo integran al menos las personas titulares de las Secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público y tiene a su cargo las siguientes funciones: I. Proponer al Consejo de Administración el mecanismo de remuneración de la persona titular de la Dirección General y de las personas con cargos directivos de los tres niveles jerárquicos inferiores a éste; II. Proponer al Consejo de Administración la política de contratación, de evaluación del desempeño y de remuneraciones del resto del personal de la Comisión Federal de Electricidad y de sus empresas filiales, debiendo cumplir con lo dispuesto en la legislación y el contrato colectivo de trabajo y reglamento vigentes aplicables; III. Vigilar el cumplimento de los lineamientos de austeridad en el gasto y uso de recursos de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones aplicables; IV. Analizar y recomendar de manera anual al Consejo de Administración, el informe que presente la administración sobre cumplimiento de los principios de austeridad, conforme a los lineamientos que el propio Consejo autorice; V. Recomendar al Consejo de Administración la modificación y acciones de mejora de los lineamientos de austeridad; VI. Auxiliar al Consejo de Administración, en los términos que éste le ordene, en el seguimiento de las políticas de recursos humanos, remuneraciones y austeridad que haya aprobado; VII. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos, compromisos y autorizaciones que, en materia de recursos humanos, remuneraciones y austeridad le especifique el Consejo de Administración; VIII. Proponer para aprobación del Consejo de Administración los lineamientos para la formalización de los convenios de capacitación, certificación y actualización que la Comisión Federal de Electricidad pueda suscribir con instituciones públicas y privadas, nacionales o internacionales, y
LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
IX. Las demás que determine el Consejo de Administración.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este comite tiene competencia directa en asuntos fiscales como deducibilidad de remuneraciones y cumplimiento normativo laboral. Abogados deben revisar sus aprobaciones para validez fiscal y legal de politicas salariales.
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