Consejeros no incurren en responsabilidad si actuan de buena fe, cumplen requisitos procedimentales, basan decisiones en informacion de directivos o auditores, o eligen alternativa mas adecuada sin previsibilidad de dano.
Las personas consejeras del Consejo de Administración no incurren, individualmente o en su conjunto, en responsabilidad por los daños o perjuicios que llegaren a sufrir la Comisión Federal de Electricidad o alguna de sus empresas filiales, derivados de los actos u omisiones que ejecuten o las decisiones que adopten, cuando en el actuar de buena fe, se actualice cualquiera de los supuestos siguientes: I. Cumplan con los requisitos para la aprobación de los asuntos que competa conocer al Consejo de Administración o, en su caso, a los comités de los que formen parte; II. Tomen decisiones o voten en las sesiones del Consejo de Administración o, en su caso, comités a que pertenezcan, con base en información proporcionada por personas con cargos directivos de la Comisión Federal de Electricidad o de sus empresas filiales, la auditoría externa o las personas expertas independientes, o III. Hayan seleccionado la alternativa más adecuada, a su leal saber y entender, o los efectos patrimoniales negativos no hayan sido previsibles; en ambos casos, con base en la información disponible al momento de la decisión. Sección Cuarta Remoción de las Personas Consejeras Independientes
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Defensa de negociacion informada (business judgment rule) aplica si se documenta fuente de informacion (directivos, auditores externos, expertos independientes). Muy importante para consejeros; requiere conservar memos de decision y actas.
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