LEPECFE

Artículo 32. Responsabilidad por danos y perjuicios

Consejeros responden solidariamente por danos derivados de actos u omisiones e incumplimiento de deberes de diligencia y lealtad, con prescripcion de cinco anos y accion civil disponible.

responsabilidad solidariaprescripciondanos y perjuiciosaccion civil

Texto Legal

Las personas consejeras son responsables por: I. Los daños y perjuicios que causen a la Comisión Federal de Electricidad o a alguna de sus empresas filiales, derivados de los actos, hechos u omisiones en que incurran, y II. Los daños y perjuicios que llegaren a causar derivados de la contravención a sus obligaciones y a los deberes de diligencia y lealtad previstos en la presente Ley. La responsabilidad a que se refieren las fracciones anteriores es solidaria entre las personas que hayan adoptado la decisión. La indemnización que corresponda debe cubrir los daños y perjuicios causados a la Comisión Federal de Electricidad o a sus empresas filiales y, en todo caso, se debe proceder a la remoción de la persona consejera involucrada. La acción para exigir la responsabilidad a que se refiere este artículo prescribe en cinco años contados a partir del día en que hubiere tenido lugar el acto, hecho u omisión que haya causado el daño y perjuicio, salvo cuando se trate de actos, hechos u omisiones de tracto sucesivo o con efectos continuos, en cuyo caso el plazo para la prescripción comienza cuando termine el último acto, hecho u omisión o cesen los efectos continuos, según corresponda. Con independencia de las responsabilidades penales a que haya lugar, los daños y perjuicios causados por las personas consejeras en detrimento de la Comisión Federal de Electricidad o empresas filiales, por los actos, hechos u omisiones en que incurran, pueden reclamarse por la vía civil.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Responsabilidad solidaria es severa; varios consejeros pueden ser demandados conjuntamente. Prescripcion de cinco anos cuenta desde acto final en tracto sucesivo, requiere documentacion meticulosa de cuando ceso cada incumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del LEPECFE?

Consejeros responden solidariamente por danos derivados de actos u omisiones e incumplimiento de deberes de diligencia y lealtad, con prescripcion de cinco anos y accion civil disponible.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión ...?

Responsabilidad solidaria es severa; varios consejeros pueden ser demandados conjuntamente. Prescripcion de cinco anos cuenta desde acto final en tracto sucesivo, requiere documentacion meticulosa de cuando ceso cada incumplimiento.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 32 del LEPECFE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 32 LEPECFE desde tu celular