LEPECFE

Artículo 31. Responsabilidad exclusiva por ley especial

Las personas consejeras responden exclusivamente bajo esta Ley, no bajo la Ley General de Responsabilidades Administrativas u otros ordenamientos para servidores publicos federales.

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Texto Legal

Las personas consejeras, con relación al ejercicio de sus funciones como integrantes del Consejo de Administración, son responsables exclusivamente en términos de lo dispuesto en esta Ley, por lo que no están sujetos al régimen de responsabilidades establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas o en cualquier otro ordenamiento o disposición aplicable en general a las personas servidoras públicas de carácter federal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Exclusion expresa de regimen administrativo federal es muy significativa. Crea un regimen de responsabilidad aislado que debe interpretarse restrictivamente. Los litigios sobre consejeros deben enfocarse solo en esta Ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LEPECFE?

Las personas consejeras responden exclusivamente bajo esta Ley, no bajo la Ley General de Responsabilidades Administrativas u otros ordenamientos para servidores publicos federales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión ...?

Exclusion expresa de regimen administrativo federal es muy significativa. Crea un regimen de responsabilidad aislado que debe interpretarse restrictivamente. Los litigios sobre consejeros deben enfocarse solo en esta Ley.

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