LEPECFE

Artículo 10. Facultades contractuales y garantias de la CFE

La CFE puede celebrar con gobiernos y particulares actos, convenios, contratos, suscribir titulos de credito y otorgar garantias reales y personales para sus obligaciones, con sujecion a leyes aplicables.

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Texto Legal

Para cumplir con su objeto, la Comisión Federal de Electricidad puede celebrar con el Gobierno Federal, Estatal, municipal y con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios, contratos, suscribir títulos de crédito y otorgar todo tipo de garantías reales y personales para las obligaciones contraídas por sí o por sus empresas filiales, con sujeción a las disposiciones legales aplicables. La Comisión Federal de Electricidad está facultada para realizar las operaciones relacionadas directa o indirectamente con su objeto. Los contratos y, en general, todos los actos jurídicos que celebre la Comisión Federal de Electricidad para el cumplimiento de su objeto pueden incluir cualquiera de los términos permitidos por la legislación aplicable en las materias que corresponda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las facultades amplias de contratacion deben ejercerse con discipline fiscal y presupuestaria. Los asesores deben revisar que cualquier titulo de credito o garantia respete limites presupuestarios y aprobaciones de Consejo requeridas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LEPECFE?

La CFE puede celebrar con gobiernos y particulares actos, convenios, contratos, suscribir titulos de credito y otorgar garantias reales y personales para sus obligaciones, con sujecion a leyes aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión ...?

Las facultades amplias de contratacion deben ejercerse con discipline fiscal y presupuestaria. Los asesores deben revisar que cualquier titulo de credito o garantia respete limites presupuestarios y aprobaciones de Consejo requeridas.

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