La CFE puede realizar actividades, operaciones y servicios por si misma o mediante empresas filiales, contratos, convenios, alianzas o asociaciones con sectores publico, privado o social, nacional o internacional.
La Comisión Federal de Electricidad puede realizar las actividades, operaciones o servicios necesarios para el cumplimiento de su objeto por sí misma o a través de sus empresas filiales mediante la celebración de contratos, convenios, alianzas o asociaciones o cualquier acto jurídico, con personas físicas o morales de los sectores público, privado o social, nacional o internacional, todo ello en términos de lo señalado en esta Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion permite flexibilidad operativa pero requiere escrutinio cuidadoso en estructuras con terceros. Los asesores deben asegurar que cualquier esquema de desarrollo mixto mantenga control de la CFE y alineacion con su objeto publico.
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Art. 8. Actividades operativas y comerciales de la CFE
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Art. 10. Facultades contractuales y garantias de la CFE
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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